El pueblo ejerce el poder público por medio del sufragio, derecho que aún no podemos ejercer los paraguayos residentes en el exterior

Sin embargo, el derecho formal al voto de los paraguayos desde el exterior en las elecciones nacionales, ya tiene rango constitucional como consecuencia de la enmienda del artículo 120, realizada en nuestro país a través del Referéndum del 9 de octubre de 2011.

Urnas electorales paraguayas

El total de votos emitidos en el Referéndum Constitucional fue de 385.078 (12.5% de la ciudadanía inscripta en el padrón electoral). Los resultados fueron: a favor 298.480 (77.51%) y en contra, 82,193 (21.34%) Los votos nulos y blancos representaron un 0.75% y 0.38% de los sufragios, respectivamente). 

No obstante, ese derecho aún no tiene fuerza de ley porque nuestros parlamentarios aún no modificaron el Art. 2 del Código Electoral paraguayo que determina quién tiene ese derecho y en el que los paraguayos de afuera no figuramos. 

Y, si bien es cierto que esa modificación quedó oficialmente reconocida por el Poder Ejecutivo a través del Decreto 7.671 del 8 de noviembre del mismo año. 

Pero, como el Ejecutivo no tiene facultad para cambiar una Ley, el artículo 2 del Código Electoral paraguayo sigue vigente. El cual determina que “los únicos habilitados para votar en las elecciones son los que habitan el territorio nacional”. 

No obstante lo establecido en dicha Ley, el Tribunal Superior de Justicia Electoral ha realizado dos experiencias, en los procesos electorales de 2013 y 2018, permitiendo a los paraguayos y paraguayas residentes en Argentina, España, Estados Unidos votar a través de colegios electorales en algunas de las principales ciudades, votaciones que, por supuesto, carecieron de validez. 

Tras una denodada lucha de 19 años, los migrantes paraguayos residentes en el exterior, lograron que se realice un Referéndum Constitucional para participar en los procesos electorales de su país, derecho que fue cercenado por los convencionales que redactaron la nueva constitución del 20 de junio de 1992. 

La oposición a este cercenamiento tuvo como protagonista a ciudadanos paraguayos residentes en Argentina, que viajaron a Asunción a tal efecto.

Previamente, estos compatriotas conformaron el “Encuentro Cívico Paraguayo de Residentes en el Exterior” (ENCIPARE) que cobijó a los integrantes de los partidos del Paraguay con presencia en Argentina, junto con el Deportivo Paraguayo y el Equipo Pastoral Paraguayo en Argentina (EPPA), quienes pagaron con su propio dinero el costo del traslado. 

Los documentos que obran en nuestro poder, registran la larga historia de lucha de las organizaciones paraguayas organizadas en Argentina, entre los que ENCIPARE tuvo un rol descollante y fundamental: estuvo presente en todas las sesiones de  la Convención Nacional Constituyente.

Esperemos que el Congreso Nacional se impulse la modificación del Código Electoral para que los paraguayos que “morimos” en el extranjero, tengamos legalmente el derecho al sufragio al igual de los que residen en nuestro país. 

 

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