Acordar «la deuda reclamada por Argentina «, no es «arreglar la deuda de Yacyretá»

Yacyretá no solo tiene deuda reclamada por Argentina. También el Paraguay «reclama» a la binacional más USD 1.200 millones de dólares en concepto de compensación por territorio inundado.

Yacyretá también tiene deuda pendiente con la ANDE en concepto de resarcimiento. Además tiene un litigio por asuntos contractuales pendientes con las empresas constructoras (Impregilo-Dumez y Eriday) quienes reclaman a Yacyretá  unos US$ 900 millones.

Llegar a un acuerdo sobre «deuda reclamada por Argentina» a Yacyretá es, sin lugar a dudas, un paso inicial importante para comenzar la revisión de la situación financiera de la EBY. El siguiente paso sería determinar cuántos les deben a Yacyretá.

Si se concluye que Yacyretá tiene deuda, el Anexo C estipula que la amortización de dicha deuda debe ser en relación a la potencia (energía)  contratadas por las entidades de ambos países (EBISA y ANDE). Como se sabe, la Argentina ha consumido más del 95 % de la energía generada por Yacyretá. Es decir, el 95 % de la deuda de Yacyretá deber ser abonada por la empresa argentina EBISA.

El Paraguay debe exigir es la culminación Revisión del Anexo C del Tratado de Yacyretá, – que ya tiene 3 años (*) de negociación – y que engloban otros aspectos fundamentales para la binacional y el Paraguay, como ser: la tarifa y la formalización de la comercialización de la energía y el reconocimiento del derecho de Paraguay de disponer como le convenga del excedente del 50% de la energía que le corresponde.

Conclusión: Llegar «a un acuerdo sobre la deuda reclamada por la Argentina» a Yacyretá, no es arreglar la deuda de la Binacional.

Aña Cuá es el proyecto para aumentar la generación de Yacyretá y e incrementar su potencia, lo que le permitiría a la EBY producir un 9 por ciento adicional de energía (foto: misionesonline.net)
Aña Cuá es el proyecto para aumentar la generación de Yacyretá y e incrementar su potencia, lo que le permitiría a la EBY producir un 9 por ciento adicional de energía (foto: misionesonline.net)

Entonces, Aña Cuá y otras obras deben ser ejecutadas solamente cuando se concluya la Revisión del Anexo C, y no cuando se llegue «a un acuerdo sobre la deuda reclamada por la Argentina».

Ing. Ramón Montanía Fernández (Director revista especializada «Mundo de la Electricidad»)

 (*) N. de R. – El Anexo C del Tratado de Yacyretá venció en fecha 27 de marzo del 2014. Lo normal hubiera sido que fuera negociada y ratificada una nueva versión por ambas partes antes de su vencimiento.

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