El 9 de octubre se hará referéndum por voto paraguayo en el Exterior

El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) resolvió que el próximo 9 de octubre se realice la consulta popular sobre la enmienda introducida en la Constitución Nacional, que habilita como electores a los paraguayos residentes en el Exterior

El TSJE dio a conocer este jueves 5 de mayo la resolución Nº 23/2011 por la que se convoca «a los ciudadanos electores de la República, que conformen el Registro Cívico Permanente y se hallen habilitados para votar» en el referéndum del domingo 9 de octubre próximo para decidir por “Sí” o por “No”, acerca del derecho a votar en los comicios generales del país para los paraguayos residentes en el Exterior.

La información señala que la medida fue determinada a partir de la enmienda constitucional Nº 1, sancionada por el Congreso y promulgada el 14 de abril de este año, remitida al TSJE en fecha 28 de abril pasado.

La citada enmienda afecta al Artículo Nº 120 de la Carta Magna e incorpora la posibilidad de que los paraguayos residentes en el exterior voten en los comicios nacionales, al considerarlos electores.

Esta modificación debe ser puesta a consideración de los ciudadanos a través de un referéndum, que debe ser convocado por el TSJE, y de ser aprobada por la consulta popular, el texto será incorporado a la Constitución Nacional.

Entonces el 9 de octubre, los 3.031.143 ciudadanos inscriptos en el Padrón Electoral a nivel país deberán asistir a sus lugares de votación habitual y votar por “Sí” o por “No”, para la modificación del artículo 120 de la Constitución. De acuerdo a la Secretaría de Repatriados, actualmente en la Argentina residen unos 600 mil compatriotas, en tanto que en el Brasil, unos 200 mil, en España, 150 mil y en los EEUU, alrededor de 80 mil paraguayos.

Será la primera vez, desde la vuelta al sistema democrático y bajo la vigencia de la Constitución de 1992, que se realiza una consulta a la ciudadanía sobre un cambio en el texto de la Carta Magna, consulta en la que la colectividad paraguaya en Argentina, la más numerosa del mundo, tiene puestas enormes expectativas para obtener sus plenos derechos y la capacidad de elegir y ser elegido que debe garantizarle el Estado de su país.

Prensa Embajada del Paraguay en Argentina

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Comments

  1. Solicito conocer donde dirigirme para empadronarme y documentacion necesaria a tal efecto, y si ya se produjo la reforme de la constitucion.

  2. Si el artículo Nº 120 de la Carta Magna incorpora la posibilidad de que los paraguayos residentes en el exterior voten en los comicios nacionales.. porque se debe de votar ? porque simplemente no se acepta y cogemos todos este derecho ?

    1. María, el hecho concreto es que a los paraguayos residentes en el extranjero se les ha prohibido votar a través del artículo 120 de la Constitución Nacional, artículo que fue modificado por el referéndum realizado en nuestro país el 9 de ocbure pasado por el cual la prohibición a votar fue eliminada. No obstante, para poder votar, el ciudadano debe inscribirse en el padrón electoral, para cuyo efecto funcionarios del Tribunal del Justicia Electoral del Paraguay, estarán en Bs. As., Nueva York y Madrid a partir del próximo 24 de octubre.
      Saludos cordiales

  3. Considero que no se puede modificar el art. 120 de la C.N., sin modificar los arts. 221 in fine, 223 in fine y 228 de la Carta Magna (y otros más), porque un ciudadano que por decadas no reside en nuestro país, bien podría ser candidato a presidente, vicepresidente, diputado o senador de la nación. Eso no ocurre con los candidatos a Gobernador, Intendentes y Consejales departamentales y municipales, quienes deben residir en el lugar según la C.N.. Las intenciones son buenas, pero deben realizarse razonable y cautamente. Ello sin olvidar el alcance de las leyes penales y de la justicia electoral. Si no tenemos claro los alcances de esa modificación o enmienda, no lo debemos aceptar por «buenas intenciones» intuitiva, no es recomendable.

    1. Abdel, consideramos que todo lo que usted dice, las autoridades de nuestro país lo deben tener en cuenta. Igualmente. aún falta un proceso largo y es prematuro hablar sobre el tema del voto de los paraguayos en el exterior. Primero en el referéndum se debe dar el sí. Posteriormente vendrán las reglamentaciones correspondientes.

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